La familia y herederos tendrán que hacer frente al pago de los siguientes impuestos:
- Impuesto de sucesiones, que deberá liquidarse en la comunidad autónoma donde tuviera su residencia habitual el fallecido.
- Plusvalía o Incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que deberá liquidarse cuando se realice el cambio de titularidad, en el caso de que se transmitieran bienes inmuebles.
- IRPF de la persona fallecida, dentro de periodo habitual.
También será necesario liquidar aquellos impuestos o tasas que gravaran los bienes del fallecido, como pueden ser impuestos de bienes inmuebles, tasas por gestión de residuos urbanos etc.
A menudo ocurre que, para poder adjudicar la herencia de acuerdo a la voluntad testamentaria del causante, la familia y herederos tengan que transmitir algunos bienes, realizar préstamos, donaciones, o extinguir posibles proindivisos. Cada uno de estos actos estarán sujetos al pago de otros impuestos.
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